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Noticias | 24/09/2019

LA JUSTICIA RECHAZA EL DESAFUERO INICIADO POR TRB CONTRA UN APM

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 51 dictó sentencia en autos “T.R.B. PHARMA S.A. C/ PONCE, JORGE MANUEL S/JUICIO SUMARISIMO”, en la cual rechazó la pretensión de la empresa T.R.B. PHARMA S.A. de quitarle los fueros al Cro. Jorge Ponce de la Seccional Junín, para proceder a su despido sin derechos indemnizatorios.

(sin descripción)En el año 2012 la empresa acusó falsamente al trabajador sobre documentación presentada, con falsos informes de pericias caligráficas, que fueron acompañados de persecución por personal de la empresa hacia el trabajador.  

Pero, tal como comprobó la Justicia, el laboratorio solo perseguía el hostigamiento del dirigente gremial. Con la sentencia dictada el 20/09/2019, luego de un extensísimo proceso  la Justicia Nacional del Trabajo determino que “…cabe concluir  que no se encuentra   demostrado   que   el   demandado   incurriese   en   las   irregularidades denunciadas por la actora en el escrito de inicio, por lo que será rechazada la acción al respecto, y en consecuencia, aquélla deberá reincorporar al trabajador a su puesto de trabajo, dentro del plazo de 5 días desde encontrarse firme la presente (cfr. art. 52, ley 23.551)…”.

Esta persecución no es un hecho aislado sino que forma parte del permanente ataque de los laboratorios contra los visitadores médicos y sus representantes gremiales: tanto en las paritarias como en el fraudulento preventivo de crisis de Elea Phoenix, las cámaras de la industria farmacéutica no cesan en su hostigamiento a los trabajadores apm y sus representantes gremiales, en pos de maximizar sus exorbitantes ganancias a costa de nuestros derechos.

Felicitamos al Cro. Ponce por su persistencia y tenacidad. Esta sentencia, sienta un precedente sumamente importante en el marco de las negociaciones con las cámaras empresarias: los visitadores médicos no renunciaremos a nuestros derechos.